La Justicia elige al primero jurado popular en Chubut
Este lunes se realiza en Trelew la primera “Audiencia de Selección de Jurados” para determinar a las 16 personas que intervendrán en el primer juicio por jurados que se realizará en Chubut, tras la sanción de la Ley XV N° 30 y que juzgará desde el martes 14 un asesinato.
El acto no es público y se realiza en el histórico salón de la Asociación San David. Allí se seleccionará a 16 jurados (12 titulares y 4 suplentes) de entre 150 potenciales jurados que fueron sorteados en octubre pasado.
En cuanto a la forma en la que se elegirán a los jurados, se informó que el juez a cargo realizará preguntas a los presentes para establecer la existencia de impedimentos para cumplir su función.
En la oportunidad, los integrantes del jurado prestarán compromiso solemne para cumplir el cargo, de acuerdo a lo dispuesto en el Artículo 320 del Código Procesal Penal de la Provincia.
Además, esto permitirá establecer si se cumplen algunos de los requisitos que impiden a una persona ser miembros del jurado y que están establecidos en la Ley, tanto las definidas como inhabilidades, incompatibilidades y las causales de excusación.
Una vez realizada esta consulta el juez profesional realizará preguntas a los asistentes para determinar los inconvenientes prácticos que eventualmente pudieran tener para cumplir su función, como enfermedad o encontrarse bajo tratamiento médico, tener familiares a cargo que requieran de manera efectiva su atención, etc.
En ese mismo sentido, toda persona que haya sido asignada como jurado, deberá expresar cualquiera de las razones que indica la Ley y solicitar su exclusión en los casos contemplados.
Posteriormente, se les permitirá a las partes (fiscales y defensores) formular preguntas a los potenciales jurados sobre posibles circunstancias que pudieran afectar su imparcialidad y el juez actuará como moderador, además de poder examinar y formular a las personas identificadas de modo numérico sobre su capacidad para actuar.
Al finalizar la etapa de consulta a los potenciales jurados, el juez y las partes se retirarán a otro recinto, donde tanto la parte acusadora como la defensa del imputado, podrán formular sus respectivas recusaciones.
Cada una de las partes tendrá derecho a recusar sin causa a 4 jurados, en tanto que las recusaciones con causa deberán ser fundamentadas y será en ese caso el juez quien determinará si hace lugar o no al planteo.
Finalmente, el jurado se integrará con los 16 primeros que surjan del sorteo, asumiendo los 12 primeros como titulares y, en este caso particular, los otros 4 como suplentes.